martes, 17 de junio de 2014

Estudios de la política criminal en relación con la piratería, muy especialmente en la República Dominicana.


Según el Observatorio Mundial de Lucha contra la Piratería, especifica que las legislaciones contemporáneas no ofrecen directamente la definición de la palabra piratería en cuanto a Derecho de Autor se refiere. Se reconoce que el término “piratería” abarca la reproducción y distribución de copias de obras protegidas por el derecho de autor, así como su transmisión al público o su puesta a disposición en redes de comunicación en línea, sin la autorización de los propietarios legítimos, cuando dicha autorización resulte necesaria legalmente. La piratería afecta a obras de distintos tipos, como la música, la literatura, el cine, los programas informáticos, los videojuegos, los programas y las señales audiovisuales.

Actualmente, existen varias leyes a nivel nacional e internacional en contra de la piratería. En la República Dominicana el sustento principal en contra de la piratería es la la ley No. 65-00 sobre Derecho de Autor, la cual en su artículo 169 sanciona con prisión correccional de seis meses a tres años y multas de cincuenta a mil salarios mínimos; en el artículo 170 sanciona como multas de diez a cincuenta salarios mínimos; a todos aquellos que violen el derecho de autor, en sus distintas formas o maneras expresa en dicha ley.

En nuestro país, la oficina de protección de los derechos del autor es la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA). Conforme al artículo 106 del Decreto No. 362-01, Reglamento de Aplicación de la Ley No. 65-00, sobre Derecho de Autor, la Oficina Nacional de Derecho de Autor es la autoridad nacional competente responsable de cautelar y proteger administrativamente el derecho de autor y los derechos afines y resuelve en primera instancia, en sede administrativa, las causas que le sean sometidas a su jurisdicción, por denuncia de parte o por acción de oficio.

La Oficina posee autonomía técnica, funcional y administrativa para el ejercicio de las funciones asignadas a su cargo, así como su propio presupuesto consignado en el presupuesto general de la Nación.

Aunque nuestro país cuente con la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor y con la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial, la cual cada una en su área le hace un frente a la piratería. Nuestro país sigue adaptado a la piratería; y es que para terminar con esta aberración además de contar con las legislaciones ya mencionadas hace falta que el pueblo reaccione de que comprando mercancía pirata, estamos destruyendo los principios y valores culturales de nuestro país, además de ser este un acto ilícito. Es importante saber que, no porque todos hagan algo significa que está bien, lo que ocurre es que cuando un asunto se vuelve tan cotidiano y común, la gente comienza a perder la sensibilidad en la conciencia y perciben el evento como “normal”. La diferencia entre que algo sea “normal” o “bueno” es grande. La “normalidad” tiene que ver con lo que ocurre externamente en nuestras circunstancias, lo “bueno” tiene que ver con principios y valores.

Se le denomina Política Criminal a la manera como la colectividad reacciona organizadamente, frente a las acciones delictuosas que amenazan su desarrollo armónico. La disciplina que estudia esta faceta del control social recibe, igualmente, el nombre de política criminal. Es tarea de esta disciplina, no sólo la descripción de la reacción social contra la delincuencia, sino también determinar los lineamientos que deberían seguirse a fin de lograr una mayor eficacia.

Por esto, se ha considerado que la política criminal se presenta bajo dos aspectos:

1º Como una disciplina o un método de observación de la reacción anticriminal; tal como es, efectivamente, practicada.

2º Como un arte o estrategia de lucha contra la delincuencia; elaborada a partir de los datos y enseñanzas aportados por la observación objetiva.

Uniendo la Política Criminal con La Piratería como acto delictivo, nos encontramos con la situación de que dicha rama, es la encargada de la programación y realización contra la lucha de la Piratería y dependerá del apoyo o fomento de un país en los lineamientos y medios mas eficaces para evitar la misma.

Debemos luchar por concientizar sobre la piratería ya que, la Alianza Internacional de la Propiedad Intelectual incluye a República Dominicana en segunda lista de vigilancia por piratería comercial.

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